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miércoles, 15 de abril de 2009

Información al ciudadano: TEMA:DERECHO A LA NO DISCRIMINACIÓN‏

INFORMARNOS ES NUESTRO DERECHO

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Derecho a la no Discriminación

Organismo Responsable

INADI - Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo - Ministerio del Interior

Dirección : 25 de Mayo 145 - Piso 8 CP - (C1002ABC) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Teléfono: (54 11) 4346-1774 Fax: 54 011 4346-1773

Dirección de correo electrónico: inadi@mininterior.gov.ar
Página web:
www.inadi.gov.ar/

Centro de Denuncias

El Área de Denuncias tiene a su cargo:

• Recepción de denuncias por discriminación de todo el ámbito nacional.

• Asesoramiento telefónico, presencial y electrónico sobre denuncias realizadas o problemáticas discriminatorias a la población consultante, de capital y provincias.

• Informar sobre trámites de las denuncias.

• Registro nacional de denuncias.

• Asesoría sobre como presentar denuncias en las delegaciones ubicadas fuera de la sede central

• Relevamiento e informes descriptivos de las denuncias.

• Procesamiento de las denuncias de discriminación recibidas:
1. Procesamiento por la vía jurídica (Área Legal y Técnica)
2. Mediación
3. Resolución rápida de conflictos de origen discriminatorio.

Para radicar una denuncia, comunicarse al (54) 011-4346-1774, de 10 a 16 horas. Fax (54)011-4346-1773
Dirección de Correo Electrónico: denuncias.inadi@mininterior. gov.ar

NORMAS:

Ley 23.592 - Actos Discriminatorios: http://www.infoleg.g o v.ar/txtnorma/20465.htm:

Ley 24.515. Creación del INADI: http://www.infoleg.gov.ar/t
xtnorma/25031.ht m


- Derechos de los migrantes

¿Qué son los derechos humanos a la no-discriminación?

Cada hombre, mujer, niña y niño tiene el derecho a estar libre de discriminación basada en género, raza, etnia, orientación sexual u otra condición, así como a otros derechos humanos fundamentales que dependen de la realización plena de los derechos humanos para la protección de la discriminación. Estos derechos se encuentran establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los Pactos Internacionales, la Convención Internacional de los Derechos del Niño, Niñas y Adolescentes y otros tratados y declaraciones internacionales; todas éstas constituyen herramientas poderosas que deben ser puestas en marcha para eliminar todo tipo de discriminación.


Los Derechos humanos en cuestión:

El derecho humano a la no - discriminación confiere a cada hombre, mujer, joven y niña o niño los siguientes derechos fundamentales, incluyendo:

• El derecho a la no distinción, exclusión, restricción o preferencia por motivos de género, raza, color, origen nacional o étnico, religión, opinión política u otra, edad, o cualquier otra condición que tenga el propósito de afectar o deteriorar el goce completo de los derechos y libertades fundamentales.

• El derecho a la igualdad entre hombre y mujer tanto en la familia como en la sociedad.

• El derecho a la igualdad entre niño y niña en todas las áreas: educación, salud, nutrición y empleo.

• El derecho de todas las personas para estar libres de cualquier tipo de discriminación en todas las áreas y niveles de educación y acceso igualitario a una educación continua y capacitación vocacional.

• El derecho al trabajo y a recibir salarios que contribuyan a un estándar adecuado de vida.

• El derecho a una remuneración igualitaria en el trabajo.

• El derecho a un estándar alto y accesible de salud para todos.

• El derecho de crecer en un ambiente seguro y saludable.

• El derecho a participar en la toma de decisiones y políticas que afecten a su comunidad a nivel local, nacional e internacional.



Derecho a no ser discriminado

Los actos discriminatorios encuentran una suerte de conceptualización en el art. 1º de la Ley 23.592 como aquellos que están determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos.

La Ley 24.515 en su artículo 1º crea al Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo, que luego de la reforma de la Ley 25.672 modifica este artículo disponiendo que el Instituto dependerá del Poder Ejecutivo. El artículo 2º expresa el objeto de elaborar políticas nacionales y medidas concretas para combatir la discriminación, la xenofobia y el racismo, impulsando y llevando a cabo acciones a tal fin.

Por lo tanto, en forma descentralizada, el Estado reafirma el principio de no-discriminación e igualdad del acceso a las garantías inherentes a las personas, mediante este Organismo que debe atender de manera integral y gratuita a personas, grupos discriminados o víctimas de xenofobia o racismo (inc. g art. 4º) y proporcionando un patrocinio gratuito (inc. h art. 4º). También le incumbe informar a la opinión pública sobre actitudes y conductas discriminatorias, xenófobas o racistas especialmente en las áreas de educación, salud, acción social y empleo, sea que provengan de establecimientos públicos o privados (inc. j art. 4º).
DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER
ORGANISMO RESPONSABLE

Consejo Nacional de la Mujer
Dirección: Paseo Colón 275 - Piso 5º - (C1063ACC) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Teléfono: (011) 4345-7384/5/6 4342-9010/9120/9098
Dirección de Correo Electrónico: cnm@cnm.gov.ar
Página Web: www . cnm.gov.ar

Para contactar a la Dirección de la Mujer en la Cancillería Argentina:
Dirección : Esmeralda 1212, piso 8 Teléfono : 4819-7682
Fax : 4819-7681
jdt@mrecic.gov.ar

Representación Especial para Temas de la Mujer en el Ámbito Internacional
Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación
Esmeralda 1212, C1007ABR, Buenos Aires, Argentina
Tel. +54 (11) 4819-7000
www.mrecic.g o v.ar

RESPONSABILIDAD PRIMARIA: Intervenir en los asuntos vinculados con la mujer en el orden internacional y en la política exterior de la República Argentina.

NORMAS:

• Ley 23.179 Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer

• Ley 25.674: Cupo Sindical

• Ley 24.012: Cupo Femenino

REPRESENTANTES DE LA MUJER EN EL AMBITO ESTATAL

Representantes de la mujer del Poder Ejecutivo Nacional

Representantes de las secretarías de estado

Sra. Secretaria de Equidad Fiscal Jefatura de Gabinete
Dra. Carola PESSINO
Domicilio: Julio A. Roca 782 - 3º Piso BS. AS.
Teléfono : 331-2929
striac@mecon.ar (Silvia Triaca, asesora)

Ministerio del interior
Sra. Directora Nacional de la Reforma Política
Da. Laura Isabel VELÁSQUEZ Domicilio: Avda. Leandro N. Alem 168, 6° piso, Of. 14 (1003) BUENOS AIRES
Teléfono: 342-6081 in. 1216

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Sra. Asesora de Gabinete Coordinación Técnica de Igualdad de Oportunidades Laborales

Domicilio: Avda. Leandro N. Alem 638 - 1º Piso (1001) BUENOS AIRES
Fax: 310-5890/5889

Ministerio de Salud y Acción Social

Domicilio: Avda. 9 de julio 1925, Piso 12 Of. 1203 (1332) BUENOS AIRES
Teléfono: 4379-9002
Fax: 4381-4720

Ministerio de Cultura y Educación

Responsable del tema "Mujer y Educación"
Dirección de Investigación y Desarrollo Educativo
Domicilio: Pizzurno 935, Of. 243 (1020) BUENOS AIRES
Teléfono: 4815-2695
Directos: 815- 4480 / 4812 in. 219
815 2743 / 5104

Ministerio de Justicia / Poder Judicial
Vicepresidente Ejecutiva del Centro de Estudios Jurídicos y Sociales

Domicilio: Moreno 1228.Buenos Aires. (Centro de Estudios Jurídicos y Sociales)
Teléfonos: (54-1) 4381- 0897/ 4571
Dra. Marcela DURRIEU
Domicilio: Sarmiento 329, Buenos Aires. (Ministerio de Justicia)
Teléfonos: (54-1) 4328- 2442 / 2730

Ministerio de Economía
Sra. Asesora de la Secretaría de Coordinación

Domicilio: Hipólito Yrigoyen 250, 6º Piso, Oficina 616, Buenos Aires
Teléfonos: 4349-8131

Ministerio de Defensa
Sra. Subsecretaria de Gestión Administrativa y Financiera

Domicilio: Azopardo 250, 11ºPiso (1328), Buenos Aires
Teléfono: 4346-8846/47

Representantes del Poder Legislativo Nacional

Honorable Cámara de Senadores de la Nación
Sra. Senadora Nacional
Da. Beatriz I. RAIJER
Teléfono: 4959-3000

Honorable Cámara de Diputados de la Nación

Provincia de Buenos Aires
Da. Irma ROY
Teléfono: 4370-7100


Areas Mujer en el ámbito provincial:

Buenos Aires: Dirección Provincial de Igualdad de Oportunidades - Secretaría de Derechos Humanos, tel.: 0221-4893964/65/66, e-mail: areamujerbsas@cnm.gov.ar

Catamarca Dirección de la UPE de Políticas Públicas para la Mujer - Secretaría Privada de la Gobernación, tel.: 03833-437746 e-mail: areamujercatamarca@cnm.gov.ar

Chaco Subsecretaría de la Mujer - Instituto Provincial de la Mujer - Secretaría de Desarrollo Social, tel.: 03722-452633, e-mail: cjomujerchaco@cnm.gov.ar

Chubut: Dirección Provincial de la Mujer - Subsecretaria de Desarrollo Humano y Familia, tel.: 02965-481532, e-mail: areamujerchubut@cnm.gov.ar

Ciudad de Bs. As.: Dirección General de la Mujer - Secretaría de Desarrollo Social, tel: 011-4323-8000 internos 4384 y 4385, e-mail: cjomujercaba@cnm.gov.ar

Córdoba: Consejo Provincial de la Mujer - Poder Legislativo Unicameral tel.: 0351-4203447/5447, e-mail: cjomujercba@cnm.gov.ar

Corrientes: Consejo Provincial de la Mujer - Ministerio de Desarrollo Humano, tel.: 03783-433944, e-mail: cjomujercorrientes@cnm.gov.ar

Entre Ríos: Dirección Provincial de la Mujer - Ministerio de Salud y Acción Social, tel.: 0343-4208826, e-mail: cjomujererios@cnm.gov.ar

Formosa: Dirección de Minoridad y Familia - Ministerio de Desarrollo Humano, tel.: 03717-435219, e-mail: cjomujerformosa@cnm.gov.ar

Jujuy Secretaría de Derechos Humanos - Ministerio de Justicia, tel.: 011-6310-7144, e-mail: cjomujerjujuy@cnm.gov.ar

La Pampa: Consejo Provincial de la Mujer - Secretaría General de Gobierno, tel.: 02954-428270 - 431862, e-mail: cjomujerlapampa@cnm.gov.ar

La Rioja: Consejo Provincial de la Mujer - Secretaría de la Gobernación, tel.: 03822-453388/001/050, e-mail: areamujerlarioja@cnm.gov.ar

Mendoza: Instituto de Políticas Públicas para la Equidad entre el Hombre y la Mujer - Ministerio de Desarrollo Social y Salud, tel.: 0261-4492102 al 8, e-mail: areamujermendoza@cnm.gov.ar

Misiones: Subsecretaria de la Mujer y la Familia - Ministerio de Bienestar Social, Mujer y Juventud
tel.: 03752-447216/38/28, e-mail: areamujermisiones@cnm.gov.ar

Neuquén: Consejo Provincial de la Mujer - Ministerio de Acción Social, tel.: 0299-4484356/0659 / 4425114, e-mail: cjomujernqn@cnm.gov.ar

Río Negro: Consejo Provincial de la Mujer - Ministerio de la Familia, tel.: 02920-427894, e-mail: cjomujerrnegro@cnm.gov.ar

Salta: Consejo Provincial de la Mujer - Subsecretaría de la Familia, tel.: 0387-4210434 / 4998086
Email: areamujersalta@cnm.gov.ar

San Juan : Dirección de la Mujer y la Familia - Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social
Teléfono: 0264-4222713, e-mail: areamujersjuan @ cnm.gov.ar

San Luis: Programa Familia Solidaria: Subprograma Mujer y Comunidad - Ministerio de la Cultura del Trabajo, tel.: 02652-443648, e-mail: areamujersluis@cnm.gov.ar

Santa Cruz : Consejo Provincial de la Mujer - Subsecretaría de la Mujer - Ministerio de Gobierno
tel.: 02966-436811/31, e-mail: cjomujerstacruz@cnm.gov.ar

Santa Fe: Consejo Provincial de la Mujer - Subsecretaría de la Mujer - Ministerio de Gobierno
Teléfono: 02966-436811/31, e-mail: cjomujerstacruz@cnm.gov.ar

Santiago del Estero: Ministerio de Salud y Acción Social - Subsecretaría de Desarrollo Social
Teléfono: 0385-4221240, e-mail: cjomujersgoestero@cnm.gov.ar

Tierra del Fuego: Consejo Provincial de la Mujer - Ministerio de Salud y Acción Social
Teléfono: 02964-427191 internos 3191 y3896, e-mail: areamujertfuego@cnm.gov.ar

Tucuman: Secretaría de General de Políticas Sociales
tel.: 0381-4844000, interno 374, e-mail: secdstucuman@cnm.gov.ar

La Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la mujer, con jerarquía constitucional por medio del art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, en su art. 3º dispone que los Estados que suscriben la Convención "tomarán en todas las esferas, y en particular en las esferas política, social, económica y cultural, todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer, con el objeto de garantizarle el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con el hombre".

Por lo tanto, estas medidas tendrán por objeto "modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier índole que estén basados en la idea de inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres. Garantizar que la educación familiar incluya una comprensión adecuada de la maternidad como función social y el reconocimiento de la responsabilidad común de hombres y mujeres en cuanto a la educación y al desarrollo de sus hijos, en la inteligencia de que el interés de los hijos constituirá la consideración primordial en todos los casos" art. 5º.

De esta manera y, en parte mediante la incorporación de esta norma internacional, en la reforma de la Constitución se ha incorporado un reconocimiento importante de los derechos de las mujeres, dado que, se encuentran en nuestra legislación fundamental diversas formas de protección que significan un avance en la tutela ante cualquier intento de discriminación por razones de sexo. Así, se garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos mediante la "igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargo electivos y partidarios mediante acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y el régimen electoral" (art. 37 C.N). Se promueven medidas de Acción Positiva con relación a las mujeres que "garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la constitución y los tratados internacionales" (art. 75 inc. 23 C.N).

Salud de la Mujer

Salud Integral de la Mujer

Comprende la salud física, mental, social y espiritual de la mujer. Incluye la prevención, la detección y el tratamiento de las condiciones que son específicas de la mujer.

Salud Reproductiva

La salud reproductiva implica llevar una vida sexual satisfactoria y segura, con la capacidad de decisión de reproducción.

Las mujeres (y por supuesto los varones) gozan del derecho a ser informados y a tener libre elección y acceso a métodos para regular la fecundidad y que permitan a la mujer atravesar con seguridad el período de embarazo y de parto.

Prevención Cáncer

Programa Médico Obligatorio

En este programa se detallan todas las afecciones malignas. Estipula que se cubrirán los gastos de medicamentos aprobados por protocolos nacionales.

No cubrirá medicación incluida en protocolos experimentales ni en período de prueba, excluyéndose también las llamadas terapias alternativas.

El Programa Médico Obligatorio establece el Programa de Prevención del Cáncer de Cuello Uterino y el Programa de Prevención del Cáncer de Mama.

Programa de Prevención de Cáncer de Cuello Uterino

Este programa obliga a los servicios médicos efectuar a todas las mujeres mayores de 25 años y hasta los 70 años, un Test de Papanicolau (PAP).

¿Cómo prevenir el Cáncer de Cuello Uterino?

El estudio para prevenir esta enfermedad es el Test de Papanicolau.

Si el test diera como resultado normal, deberá repetirlo cada tres años.

En cambio si diera resultado "anormal", deberá realizarse una colposcopía y un cepillado endocervical.

Si estos estudios dieran como resultado "anormal" deberá repetir el PAP dos veces en un año. Si estos dos últimos estudios dieran resultado "normal", se continuará con un PAP por año, durante tres años. Y, de continuar normales los resultados, podrá realizarse un control cada tres años.

Si la colposcopía da un resultado "anormal", deberá realizarse una biopsia.

Si la biopsia es "negativa" se realizará un control anual con PAP y colposcopía, y si estos controles dieran resultados normales, se podrá continuar con un control cada tres años.

¿Cuándo hacer el PAP?

El momento ideal para comenzar con este control es cuando se ha comenzado a tener relaciones sexuales, o a partir de los 18 años.

¿Qué síntomas debo tener en cuenta para realizarme un PAP?

• Si la menstruación le dura demasiado tiempo o si sangra con mayor abundancia que lo habitual.

• Si sangra por la vagina en forma anormal en los siguientes casos: a. Entre una menstruación y otra; b. Después de una relación sexual; c. Después de un lavado vaginal.

• Aunque se haya hecho una histerectomía o esté en la menopausia debe continuar haciéndose el PAP

• Momento del ciclo menstrual: El momento ideal para efectuar la prueba es entre los 10 y 20 días después de comenzado el período de menstruación, ya que la sangre puede modificar los resultados.

¿Qué significan los resultados del PAP?

Existe una manera de informar los resultados cuya clasificación general es la siguiente:

• Clase I: Negativo o normal. Es cuando las células son normales y no hubo cambio en ellas.

• Clase II: irregular o anormal. Cuando las células son ligeramente anormales: esto puede ser debido a una pequeña inflamación de los tejidos del cuello de útero. Por lo general no se indica tratamiento pues muchas de las células vuelven con el tiempo a la normalidad sin tratamiento médico. En general el médico recomienda repetir el PAP a los 3 ó 6 meses. También podrá pedir una biopsia para confirmar los resultados del PAP.

• Clase III: sospechoso o displasia. No es cáncer. Es cuando las células cambiaron y hay que continuar investigando para determinar el grado de cambio anormal. Su evolución es impredecible: a veces mejora sin tratamiento o continúa, por eso hay que controlarla con pruebas regulares. Las mujeres entre 25 y 35 años de edad corren un mayor riesgo de tenerla.

• Clase IV y V: Probabilidad de cáncer invasor. Aparecen con resultado positivo en el PAP lo que indica una probabilidad de cáncer. Sólo una biopsia puede determinar de qué células se trata. En cualquiera de los casos, requerirán tratamiento.

La prueba de PAP puede dar elementos a los médicos para hacer un diagnóstico de cáncer de cuello de útero. Pero deberá hacer más estudios para confirmarlo.

Programa de Prevención del Cáncer de Mama

Este programa promueve el autoexamen mamario.
Establece diferentes niveles de riesgo para las mujeres con antecedentes familiares de cáncer de mama y aquella población en riesgo común.

¿Cómo prevenir el Cáncer de mama?

Las mujeres de edad menor a los 40 años con antecedentes familiares de esta enfermedad, deberán realizarse una mamografía a los 36 años y una mamografía anual, a partir de los 40 años de edad.

A las mujeres sin antecedentes familiares se recomienda una mamografía a los 50 años, si el resultado fuera "negativo" deberá continuar con una mamografía cada dos años hasta los 69 años de edad.

En cambio si el resultado de la mamografía fuera "anormal", se le indicará realizarse una biopsia, y si ésta diera "positivo", deberá llevar a cabo el tratamiento indicado. En cambio si el resultado de esta biopsia fuera "negativo" deberá realizarse una mamografía por año.

Los estudios han demostrado que el riesgo de cáncer aumenta con el envejecimiento de la mujer.

¿Cuáles son los factores que aumentan las posibilidades de desarrollar el cáncer de mama?

• Historia personal de cáncer de mama:

Las mujeres que ya tuvieron cáncer de mama enfrentan un mayor riesgo de desarrollar otro cáncer de mama.

• Historia Familiar:

El riesgo aumenta si su mamá, su hermana, hija o parientes mas cercanas tuvieron cáncer de mama.

• Menstruación temprana y/o Menopausia tardía:

Existen estudios que expresan que cuanto más exposición al estrógeno, mayor posibilidad de desarrollo de la enfermedad.

• Maternidad tardía:

Mujeres que tuvieron hijos después de los 30 años de edad.

• Densidad del Seno:

Dificulta la detección de los tejidos anómalos.

• Radioterapia anterior a los 30 años.

Sin embargo es necesario aclarar que la mayoría de las mujeres que desarrollan el cáncer de mama no poseen ninguno de estos factores, salvo el envejecimiento.

También debe decirse que, si bien, estos factores detallados posibilitan el desarrollo de la enfermedad, la mayoría de las mujeres que los poseen no desarrollan el cáncer de mama.

La Prevención. Autoexamen de mamas

Las mujeres deben conocer sus propios senos, para poder realizar una detección precoz de la enfermedad.

¿Cómo se realiza el Autoexamen de mamas?

Debe llevarse a cabo en dos momentos y de la siguiente forma, según indicaciones del Instituto Alexander Fleming, Argentina:

• Parada de frente al espejo, OBSERVE si hay cambios

• Colocar las manos a los lados del cuerpo y mirar las mamas;

• Con las manos sobre la cabeza, mire si hay cambios;

• Con las manos en la cintura, apriete hacia abajo, inclínese hacia abajo y hacia delante. Mire si nota alguna diferencia.

• Acostada, examínese al tacto cada mama, de la siguiente forma:

• Acuéstese y ponga una toalla debajo del hombro derecho, levante el brazo derecho sobre la cabeza y con la mano izquierda.

• Examínese la zona desde la axila hasta la línea baja del corpiño a través del pecho, hasta el esternón y, desde la clavícula hacia la axila, empleando la yema de los dedos medios de la mano izquierda. Arquee la mano y mueva los dedos en círculos del tamaño de una moneda de 10 centavos;

• Emplee tres niveles de presión: suave, mediano y fuerte;

• Examínese toda la zona pasando la mano de arriba hacia abajo.

• Seguidamente, examínese la mama izquierda con la mano derecha siguiendo todos los pasos del ejemplo anterior, colocando esta vez, una toalla debajo del hombro izquierdo, y la mano izquierda sobre la cabeza.

• Si encuentra protuberancias o cambios, comuniquéselo a su médico inmediatamente.

Para averiguar la causa de bultos, cambios en la mama (detectados en el autoexamen) o en imágenes que aparecen como anormales en una mamografía, el médico hará un examen físico detallado y preguntará la historia médica familiar y personal. Podrá hacer uno o varios de los siguientes exámenes:

• Examen clínico.

• Mamografía

• Ecografía

¿Qué preguntas se pueden hacer ante un diagnóstico de cáncer de mama?

• ¿Qué tipo de cáncer de mama tengo?

• ¿Cuál fue el resultado de la prueba de receptores de hormonas? ¿Qué otras pruebas de laboratorio se hicieron en el tejido del tumor y cuáles fueron los resultados?

• ¿Cómo ayudará esta información a decidir qué tipo de tratamiento o qué otras pruebas se recomiendan?

¿Cuáles son los tratamientos existentes para el cáncer de mama?

El tratamiento del cáncer de mama dependerá: del tipo y etapa de la enfermedad, de la edad de la paciente, si está en la menopausia y de su estado de salud general.

Los tratamientos más comunes son 4:

• Cirugía: extracción del cáncer en una operación.

• Radioterapia: uso de dosis elevadas de rayos X para eliminar las células cancerosas y reducir el tumor.

• Quimioterapia: uso de fármacos para eliminar células cancerosas.

• Terapia hormonal: uso de fármacos para cambiar la forma en que actúan las hormonas, o la extirpación de órganos que producen hormonas, como los ovarios.

¿Cómo actuar luego de una operación de mamas en la que se hayan extraído ganglios?

Una de las complicaciones que pueden existir es la aparición del edema o inflamación del miembro superior, para reducir estos riesgos, se aconseja:

• Usar el brazo normalmente para realizar las tareas cotidianas: Ej.: vestirse, bañarse, comer, etc.

• Se puede realizar tareas de planchado y tejido pero por períodos cortos.

• La axila sólo debe ser depilada con afeitadora eléctrica.

• Usar guantes de goma en la cocina o en el jardín.

• Usar dedal para realizar tareas de costura.

• No tomar la presión, dar inyecciones, vacunas o extracciones de sangre en el brazo comprometido.

• No usar tijeras para cortar la cutícula. Usar cortacutículas.

• Usar repelente para evitar picaduras.

• Evitar quemaduras utilizando protector solar.

• En caso de cortarse o quemarse el brazo, lavar la herida, desinfectarla y cubrirla con grasa estéril.

¿Cómo prevenir esta enfermedad?

• No fumar y evitar ambientes con humo.

• Evitar la exposición frecuente a rayos X, especialmente a edades tempranas.

• Evitar las terapias de reemplazo estrogénico en la menopausia, así como toda otra medicación con estrógenos. La relación entre anticonceptivos orales y el cáncer de mama sigue siendo controvertida.

• Minimizar el consumo de alimentos ahumados, salados o conservados, tales como el tocino ahumado. Evite aditivos, preservadores y harina refinada.

• Mantener bajo el consumo de grasas -alrededor del 15 o 20% del total de calorías- mientras se asegura una ingesta de grasas esenciales adecuadas

• Limitar o eliminar el alcohol.

• Comer una dieta basada en granos completos, vegetales y frutas ricas en fibra y salvado.

Fuente : Nota Informativa Nº 1 Prevención del Cáncer Génito-Mamario. Consejo Nacional de la Mujer.

Ámbito Laboral

En el plano laboral, se promueve la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y varones, mediante el Decreto 254 del año 1998, por el cual se dispone acordar entre el Consejo Nacional de la Mujer y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social políticas que promuevan la incorporación de la mujer en este ámbito y con estos principios, de esta manera, se programan acciones en este sentido:

• Asistencia técnica a organismos gubernamentales y no gubernamentales para el diseño y formulación de proyectos de generación de puestos de trabajo que contemplen las necesidades e intereses de las mujeres, de módulos que incorporen temas relacionados con el desarrollo personal y social de las mujeres;

• Estimulando la operatoria de líneas de financiación favorables para el desarrollo de microemprendimientos productivos liderados por mujeres;

• Difundiendo los derechos de las mujeres trabajadoras, propiciando la sanción de una normativa que penalice el acoso sexual y reforzando los órganos de control en materia laboral para vigilar el efectivo cumplimiento del principio de no discriminación de las mujeres en el ámbito laboral.

Participación Colectiva en la Negociación Colectiva

La Ley 25.674 regula la Participación Femenina en las Unidades de Negociación Colectiva de las Condiciones Laborales, disponiendo en su primer artículo que "cada negociación colectiva de las condiciones laborales deberá contar con la participación proporcional de mujeres delegadas en función de la cantidad de trabajadoras de dicha rama o actividad".

En los acuerdos que se realicen sin esta representación no serán oponibles a las trabajadoras, excepto fijen condiciones mas beneficiosas (art. 2º).

Este porcentaje será de un mínimo del 30% del total de trabajadores cuando el número de mujeres alcance o supere ese porcentual sobre el total de los trabajadores, en tanto cuando no alcance, el cupo para cubrir la participación femenina en las listas de candidatos y representaciones en los cargos electivos y representativos será proporcional a esa cantidad. Alguna lista que no cumpla con estos requisitos no podrá oficializarse.

Despido Discriminatorio

La Ley 25.013, introduce en el artículo 11 el despido discriminatorio, el cual será considerado si es "originado en motivos de raza, nacionalidad, sexo, orientación sexual, religión, ideología, u opinión política o gremial".

La prueba estará a cargo de quien invoque la causal.

La indemnización prevista en el artículo 7º de esta ley se incrementará en un TREINTA (30%) por ciento y no se aplicará el tope establecido en el segundo párrafo del mismo".


Discriminación laboral

La existencia de la discriminación laboral de las mujeres se expresa a menudo en:

• Menor reconocimiento salarial de las actividades mayoritariamente realizadas por ellas.

• Menor prestigio social de las mismas.

• Mayores obstáculos para su inserción en el mercado de trabajo y de ascenso en la carrera profesional.

• Menor acceso a la capacitación profesional.

Maternidad

¿Cuándo empieza la licencia?

El artículo 177 de la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo prohibe el trabajo de las mujeres 45 días anteriores al parto y los 45 días posteriores.

Sin embargo la mujer podrá optar por reducir la licencia anterior al parto hasta 30 días, y el resto del período que trabajó lo podrá acumular para gozarlo luego del nacimiento.

Si el nacimiento se adelanta, el período de licencia del que no gozó por el nacimiento pre-término se acumularán al descanso posterior, debiendo completar los noventa días que le corresponden.

Deber de comunicar

La trabajadora deberá comunicar su embarazo al empleador, presentando un certificado médico en el que conste la fecha presunta del parto.

Estabilidad del empleo

A partir de la notificación del embarazo por medio fehaciente (certificado), se le garantiza a la mujer durante la gestación, el parto y el amamantamiento, la estabilidad en su empleo.

Y durante esos períodos gozará de las asignaciones de los sistemas de seguridad social, que le garantizarán la misma retribución que le corresponde por licencia legal.

Despido por causa de embarazo

Si una mujer es despedida dentro de los 7 meses y medio anteriores o posteriores al parto, se presume que su maternidad fue causa del despido, siempre que la trabajadora haya notificado su estado al empleador. Por lo tanto dará lugar a una indemnización especial, que significa abonar una indemnización equivalente a un año de remuneraciones que se acumulará a la indemnización que deberá abonar por un despido sin justa causa.

Los descansos de la lactancia

La trabajadora tendrá, en el transcurso de la jornada laboral, 2 descansos de media hora para amamantar a su hijo durante el año posterior al nacimiento, éste período podrá extenderse si por razones médicas sea necesario que la mamá amamante a su hijo un tiempo mas prolongado.

Si se trata de un establecimiento que contenga el número mínimo de trabajadoras que determina la reglamentación, el empleador deberá habilitar salas maternales y guarderías para niños.

Matrimonio

Despido por causa del matrimonio

Si una mujer es despedida dentro de los 3 meses anteriores o 6 meses posteriores a la celebración del matrimonio se considera que fue a causa de éste, siempre que la trabajadora lo haya notificado por medio fehaciente.

Por lo tanto, en este caso, la mujer tendrá derecho a percibir una indemnización especial, idéntica a la que le corresponde en caso de despido por causa de embarazo, es decir, se le abonará una indemnización equivalente a un año de remuneraciones, que se acumulará a la indemnización establecida en el art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo que determina la indemnización sin justa causa.

Ámbito Escolar

¿Cómo son las ausencias en caso de embarazo?

La Ley 25.273 crea un sistema de ausencias justificadas por razones de embarazo, para las alumnas que cursen los ciclos de Enseñanza General Básica, Polimodal y Superior No Universitaria.

Deberán presentar un certificado médico de su estado y período de gestación y parto.

Gozarán de 30 días de inasistencias justificadas y no computables antes o después del parto, pudiendo ser continuas o fraccionadas.

Las alumnas que certifiquen estar en período de amamantamiento, podrán realizarlo durante 1 hora diaria durante seis meses a partir de su reincorporación a la escuela.

Violencia contra la Mujer / Violencia Familiar

Toda persona que sufre maltrato físico o psíquico podrá denunciar estos hechos en forma verbal o escrita ante el juez que entiende en asuntos de familia.

A partir de esta denuncia el juez requerirá un diagnóstico de la situación de la familia con el objeto de determinar los daños físicos y psíquicos sufridos por la o las víctimas.

Una vez obtenidos los informes socio ambientales el juez podrá disponer determinadas medidas a fin de detener la violencia actual. Estas medidas podrán ser:

• Ordenar la exclusión del autor, de la vivienda donde vive la familia.

• Prohibir el acceso del autor al domicilio de la víctima como a los lugares de trabajo o estudio.

• Ordenar el reintegro al domicilio de la víctima, a petición de ésta, que ha debido salir del mismo por razones de seguridad personal, excluyendo al autor.

• Ordenar provisionalmente alimentos, tenencia y derecho de comunicación con los hijos.

Una vez llevada a cabo alguna o algunas de estas medidas, dentro de las 48 horas de estas disposiciones, el juez convocará a las partes y a los defensores, del autor o de menores, a una mediación, con el objeto de proponer al grupo familiar a asistir a programas educativos o terapéuticos.

El grupo familiar podrá disponer de asistencia médica psicológica gratuita.

¿Cómo se detecta una situación de violencia contra la mujer?

Es necesario prestar atención a los síntomas físicos y psíquicos que presentan las mujeres.

• Cuadros Depresivos.

• Baja autoestima.

• Disminución de las fuerzas vitales.

• Ingesta excesiva de tranquilizantes.

• Dificultades para descansar y para dormir.

• Expresiones de violencia con sus hijos.

• Los síntomas físicos de mujeres agredidas es semejante a los síntomas de situaciones de estrés permanente.

• Poseen variedad de problemas físicos, cardíacos, urinarios (en caso de violencia sexual), dolores de espalda, etc.

¿Qué se puede hacer en caso de encontrarse frente a una mujer posiblemente maltratada?

Es importante:

• Escuchar atentamente.

• Creer en el relato de ella.

• Respetar sus decisiones.

• No interrogar ante silencios, dudas o reservas.

• Comprender las reales necesidades de la mujer



¿Si una mujer víctima de violencia asiste al médico, tiene consecuencias legales?

Los profesionales que asisten a una mujer víctima de violencia no están obligados a denunciar ni a notificar a las autoridades. La violación, por ejemplo es un delito de los llamados de acción privada, lo que significa que sólo la persona afectada puede realizar la denuncia, siempre que no se trate de una niña o niño.

De todas maneras, aunque la consulta médica carezca de consecuencias legales, es muy importante por las siguientes razones:

• Cuidado y sanación de las lesiones.

• Detección de lesiones no visibles y prevención de riesgos.

• Acceso a información importante.

• Detección de enfermedades contagiosas, si se detectan tempranamente tendrán consecuencias menos lesivas para la víctima.

¿Qué medidas de salud se pueden adoptar en caso de violación?

• Análisis de flujo.

• Fortalecimiento de defensas para disminuir el riesgo de hepatitis B+.

• Cuando el riesgo de sífilis es alto (por ejemplo en una violación colectiva o cuando se sabe que el violador tiene la enfermedad) se aconsejan antibióticos. Sin embargo es necesario aclarar que el uso preventivo de antibióticos tiene el riesgo de sobrevenir alguna infección.

Luego de realizar estas medidas, se continuará con exámenes más específicos:

• Test de VDRL (detección de Sífilis): deberá realizarlo dos o tres semanas posteriores a la violación.

• Test de HIV-SIDA: deberá realizarlo a los 15 días de la violación y repetirlo a los 3 meses y a los 6 meses.

• Gonorrea: es una infección que demora 10 días en manifestarse, por lo que resulta conveniente realizar un análisis 15 días después del hecho y repetirlo una semana posterior.

Fuente: Movimiento de los Pueblos para la Educación de los Derechos Humanos - www.pdhre.org/rights/discrimination-sp.html

PROGRAMAS DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER

• Programa de Promoción del Fortalecimiento de la Familia y el Capital Social (PROFAM)

El Programa de Fortalecimiento de la Familia y el Capital Social está dirigido a apoyar proyectos enfocados con la perspectiva de género en la promoción de la familia en situación de pobreza, fortaleciendo el desarrollo de cada uno de sus miembros. Promueve el trabajo asociativo en todo el territorio del país, entre organizaciones de la sociedad civil, el gobierno local y las propias familias.

• Plan Federal de la Mujer (PFM)

El PFM es un programa diseñado para mejorar la situación de la mujer en la Argentina. Tiene por objetivo mejorar la formulación, implementación y seguimiento de las políticas y programas de nuestro país, buscando optimizar la competencia y calidad de respuesta de las oficinas gubernamentales. Intenta promover el intercambio entre las organizaciones de la sociedad civil y las organizaciones del sector público en todos los niveles para que desarrollen iniciativas con perspectiva de género.

Organismo Responsable: Consejo Nacional de la Mujer - Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales - Presidencia de la Nación

Los instrumentos básicos de defensa de los derechos humanos de las mujeres son la CEDAW, la Plataforma de Acción de Beijing y los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

En este sentido resulta prioritario el seguimiento de la Plataforma de Acción de Beijing que se ejecuta a través de la Representación Especial, instrumentada por la Comision Ad Hoc, donde participan las áreas mujer de provincias, así como ministerios y organismos nacionales.

Se han priorizado dentro de los doce Puntos de Desarrollo del Milenio tres temas:

Mujer y pobreza, Mujer y Salud, Mecanismos Institucionales para el adelanto de la Mujer

Estos objetivos se trabajan con acciones de alcance nacional a través de la Comsión Ad Hoc, realizando campañas sobre los derechos de la mujer para permitir su ejercicio.

Otro tema prioritario es la problemática de Trata de personas a través de la creación del Consejo Contra la Trata: definición del punto focal nacional de Asistencia Integral a la Víctima del delito, y el punto focal internacional: la Representación Especial para Temas de la Mujer en el ámbito internacional.

En este carácter coordina sus acciones en el plano regional del MERCOSUR con los países miembros y asociados en el marco de la REM (Reunión Especializada de Mujeres del MERCOSUR), y en la OEA a través de la participación en la comisión interamericana de mujeres de cuyo comité directivo forma parte Argentina.


ACUERDOS INTERNACIONALES CON RANGO CONSTITUCIONAL

ONU

(2002) - Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional y Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de personas, especialmente mujeres y niños, ratificada por Argentina.

(1990) - Convención sobre los Derechos del Niño, incorporada a la Constitución Nacional Argentina en 1994.

(1986) - Convención contra la tortura y otras penas o tratos crueles, inhumanos y degradantes.

(1986) - Pacto Internacional de Derechos Económicos, sociales y culturales y Pacto internacional de derechos civiles y políticos y su Protocolo Facultativo.

(1981) - Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. CEDAW.

OEA

(2003)- Convención Interamericana para la prevención y represión de la tortura.

(2001)- Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores. Protocolo adicional a la Convención americana sobre derechos humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales "Protocolo de San Salvador".

(1996)- Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la mujer (" Belén do Para").

(1984) Convención Americana sobre Derechos Humanos - Pacto de San José de Costa Rica.

(1948)- Convenciones Interamericanas sobre Concesión de Derechos Civiles y Políticos a la mujer.

OIT

(1988)- Convenio 156 Igualdad de Oportunidades y de Trato entre Trabajadores y Trabajadoras con Responsabilidades Familiares.

(1968)- Convenio 111. Relativo a la Discriminación en Materia de Empleo y Ocupación.

(1956)- Convenio 100. Relativo a la Igualdad de Remuneración entre la Mano de Obra Masculina y la Mano de Obra Femenina por un Trabajo de Igual Valor.

(1933) - Convenio 3. Relativo al Empleo de Mujeres, antes y después del Parto.

En las Provincias:

No todas las provincias cuentan con organismos o programas especializados en esta temática.

Areas Mujer Provinciales

Buenos Aires
Dirección Provincial de Igualdad de Oportunidades - Secretaría de Derechos Humanos
Teléfono: 0221-4893964/65/66
Email: areamujerbsas@cnm.gov.ar
Catamarca
Dirección de la UPE de Políticas Públicas para la Mujer - Secretaría Privada de la Gobernación
Teléfono: 03833-437746
Email: areamujercatamarca@cnm.gov.ar
Chaco
Subsecretaría de la Mujer - Instituto Provincial de la Mujer - Secretaría de Desarrollo Social
Teléfono: 03722-452633
Email: cjomujerchaco@cnm.gov.ar
Chaco
Subsecretaría de la Mujer - Instituto Provincial de la Mujer - Secretaría de Desarrollo Social
Teléfono: 03722-452633
Email: cjomujerchaco@cnm.gov.ar
Ciudad de Bs. As.
Dirección General de la Mujer - Secretaría de Desarrollo Social
Teléfono: 011-4323-8000 internos 4384 y 4385
Email: cjomujercaba@cnm.gov.ar
Córdoba
Consejo Provincial de la Mujer - Poder Legislativo Unicameral
Teléfono: 0351-4203447/5447
Email: cjomujercba@cnm.gov.ar
Corrientes
Consejo Provincial de la Mujer - Ministerio de Desarrollo Humano
Teléfono: 03783-433944
Email: cjomujercorrientes@cnm.gov.ar
Entre Ríos
Dirección Provincial de la Mujer - Ministerio de Salud y Acción Social
DERECHOS DE LOS MIGRANTES



Teléfono: 0343-4208826
Email: cjomujererios@cnm.gov.ar
Formosa
Dirección de Minoridad y Familia - Ministerio de Desarrollo Humano
Teléfono: 03717-435219
Email: cjomujerformosa@cnm.gov.ar
Jujuy
Secretaría de Derechos Humanos - Ministerio de Justicia
Teléfono: 011-6310-7144
Email: cjomujerjujuy@cnm.gov.ar
La Pampa
Consejo Provincial de la Mujer - Secretaría General de Gobierno
Teléfono: 02954-428270 - 431862
Email: cjomujerlapampa@cnm.gov.ar
La Rioja
Consejo Provincial de la Mujer - Secretaría de la Gobernación
Teléfono: 03822-453388/001/050
Email: areamujerlarioja@cnm.gov.ar
Mendoza
Instituto de Políticas Públicas para la Equidad entre el Hombre y la Mujer - Ministerio de Desarrollo Social y Salud
Teléfono: 0261-4492102 al 8
Email: areamujermendoza@cnm.gov.ar
Misiones
Subsecretaria de la Mujer y la Familia - Ministerio de Bienestar Social, Mujer y Juventud
Teléfono: 03752-447216/38/28
Email: areamujermisiones@cnm.gov.ar
Neuquén
Consejo Provincial de la Mujer - Ministerio de Acción Social
Teléfono: 0299-4484356/0659 / 4425114
Email: cjomujernqn@cnm.gov.ar
Río Negro
Consejo Provincial de la Mujer - Ministerio de la Familia
Teléfono: 02920-427894
Email: cjomujerrnegro@cnm.gov.ar
Salta
Consejo Provincial de la Mujer - Subsecretaría de la Familia
Teléfono: 0387-4210434 / 4998086
Email: areamujersalta@cnm.gov.ar
San Juan
Dirección de la Mujer y la Familia - Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social
Teléfono: 0264-4222713
Email: areamujersjuan@cnm.gov.ar
San Luis
Programa Familia Solidaria: Subprograma Mujer y Comunidad - Ministerio de la Cultura del Trabajo
Teléfono: 02652-443648
Email: areamujersluis@cnm.gov.ar
Santa Cruz
Consejo Provincial de la Mujer - Subsecretaría de la Mujer - Ministerio de Gobierno
Teléfono: 02966-436811/31
Email: cjomujerstacruz@cnm.gov.ar
Santa Fe
Dirección Provincial del Menor, la Mujer y la Familia - Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria
Teléfono: (0341) 4721130/29
Email: areamujerstafe@cnm.gov.ar
Santiago del Estero
Ministerio de Salud y Acción Social - Subsecretaría de Desarrollo Social
Teléfono: 0385-4221240
Email: cjomujersgoestero@cnm.gov.ar
Tierra del Fuego
Consejo Provincial de la Mujer - Ministerio de Salud y Acción Social
Teléfono: 02964-427191 internos 3191 y3896
Email: areamujertfuego@cnm.gov.ar
Tucumán
Secretaría de General de Políticas Sociales
Teléfono: 0381-4844000, interno 374
Email: secdstucuman@cnm.gov.ar
"Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: De trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender" . Art. 14 Constitución Nacional.

"Los Extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos; navegar los ríos y costas; ejercer libremente su culto; testar y casarse conforme a las leyes. No están obligados a admitir ciudadanía, ni pagar contribuciones forzosas extraordinarias. Obtienen nacionalización residiendo dos años continuos en la Nación; pero la autoridad puede acortar este término a favor del que lo solicite, alegando y probando servicios en la República" . Art. 20 Constitución Nacional.

Ley 25.871:

Esta ley migratoria se encuentra vigente en Argentina desde el mes de diciembre de 2003. En ella se reconocen los derechos de los migrantes que residen en nuestro país y posee vigencia en todo el territorio nacional. Esto significa, entre otras cosas, que para acceder a determinados servicios públicos NO debe exigirse el DNI argentino, sino alguna documentación que acredite identidad: pasaporte, cédula de identidad, certificado de nacionalidad expedido por los Consulados del país de origen en Argentina, etc.

Ley de Migraciones 25.871 - Artículos Fundamentales

ARTICULO 4° - El derecho a la migración es esencial e inalienable de la persona y la República Argentina lo garantiza sobre la base de los principios de igualdad y universalidad.

ARTICULO 5° - El Estado asegurará las condiciones que garanticen una efectiva igualdad de trato a fin de que los extranjeros puedan gozar de sus derechos y cumplir con sus obligaciones, siempre que satisfagan las condiciones establecidas para su ingreso y permanencia, de acuerdo a las leyes vigentes.

ARTICULO 6° - El Estado en todas sus jurisdicciones, asegurará el acceso igualitario a los inmigrantes y sus familias en las mismas condiciones de protección, amparo y derechos de los que gozan los nacionales, en particular lo referido a servicios sociales, bienes públicos, salud, educación, justicia, trabajo, empleo y seguridad social.

ARTICULO 7° - En ningún caso la irregularidad migratoria de un extranjero impedirá su admisión como alumno en un establecimiento educativo, ya sea este público o privado; nacional, provincial o municipal; primario, secundario, terciario o universitario. Las autoridades de los establecimientos educativos deberán brindar orientación y asesoramiento respecto de los trámites correspondientes a los efectos de subsanar la irregularidad migratoria.

ARTICULO 8° - No podrá negársele o restringírsele en ningún caso, el acceso al derecho a la salud, la asistencia social o atención sanitaria a todos los extranjeros que lo requieran, cualquiera sea su situación migratoria. Las autoridades de los establecimientos sanitarios deberán brindar orientación y asesoramiento respecto de los trámites correspondientes a los efectos de subsanar la irregularidad migratoria.

ARTICULO 9° - Los migrantes y sus familiares tendrán derecho a que el Estado les proporcione información acerca de:

a) Sus derechos y obligaciones con arreglo a la legislación vigente;

b) Los requisitos establecidos para su admisión, permanencia y egreso;

c) Cualquier otra cuestión que le permita o facilite cumplir formalidades administrativas o de otra índole en la República Argentina.

La autoridad de aplicación adoptará todas las medidas que considere apropiadas para difundir la información mencionada y, en el caso de los trabajadores migrantes y sus familias, velará asimismo porque sea suministrada por empleadores, sindicatos u otros órganos o instituciones. La información requerida será brindada gratuitamente a los extranjeros que la soliciten y, en la medida de lo posible, en un idioma que puedan entender.

ARTICULO 10. - El Estado garantizará el derecho de reunificación familiar de los inmigrantes con sus padres, cónyuges, hijos solteros menores o hijos mayores con capacidades diferentes.

Tramites de Radicación para la obtención del DNI argentino

En la actualidad para radicarse en nuestro país, luego de obtener el DNI argentino, existen dos marcos migratorios. Por un lado, el que abarca a las personas provenientes de los países del MERCOSUR y Estados Asociados (Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela) y por otro el que abarca a las personas provenientes de los restantes países del mundo.

1. Personas provenientes de países del MERCOSUR y Estados Asociados:

Desde Abril del 2006 se comenzó a implementar, un Programa Nacional de Regularización Migratoria llamado Patria Grande , el cual tiene por Objetivo:

Regularizar la situación migratoria de los extranjeros nativos de los Estados Parte del MERCOSUR y de sus Estados Asociados (Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela), en busca de facilitar la tramitación para acceder a una residencia legal en el país.

Para Consultas: www.patriagrande.gov.ar

Línea Gratuita: 0-800-333-728742

Guía para Migrantes del MERCOSUR y Estados Asociados:

La tramitación es SIMPLE Y PERSONAL

NO NECESITA GESTORES O INTERMEDIARIOS

La presentación de la documentación es POR ETAPAS, a través de las Instituciones Sociales Colaboradoras adheridas al Programa, como Provincias, Municipios, Instituciones, Sindicatos, etc. Para saber quiénes forman parte del programa, podrá consultar telefónicamente llamando gratis al 0800-333-728742 (PATRIA), o a los teléfonos de las oficinas de la Dirección Nacional de Migraciones que se encuentran al dorso del folleto.
También podrá obtener información en las páginas web:
www.patriagrande.gov.ar
www.mininterior.gov.ar/migraciones

PASOS PARA OBTENER SU RESIDENCIA

ETAPA 1: Deberá dirigirse a alguna de las Instituciones sociales colaboradoras del Programa. Solamente deberá llevar:

• Cédula de identidad o Pasaporte o certificado de nacionalidad vigentes (original y fotocopia). En caso de presentar el certificado de nacionalidad expedido por su Consulado, deberá legalizarlo por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina.

• Dos (2) Fotos Carnet actualizadas.

La Institución Social Colaboradora lo asistirá a fin de completar el Formulario de Regularización Migratoria, que tendrá carácter de declaración jurada respecto a sus datos personales, carencia de antecedentes penales, lugar y fecha de ingreso al país. Dicho Formulario será remitido por la Institución Social colaboradora, junto a la fotocopia de su documento, a la Dirección Nacional de Migraciones.

La Dirección Nacional de Migraciones (DNM) expedirá una CREDENCIAL DE RESIDENCIA PRECARIA que le será entregada a Ud. EN FORMA GRATUITA, y con la cual podrá estudiar, trabajar, entrar, salir y permanecer en el país sin inconvenientes.

ETAPA 2 : Cuando la DNM le indique, deberá presentar:

• Certificado de carencia de antecedentes penales de su país de origen, o de donde vivió los últimos 3 años antes de su arribo, legalizado por el Consulado argentino en el exterior o apostillado o legalizado en el Consulado de su país en la Argentina. Si Ud. vivió en la Argentina los últimos 3 años, solo deberá presentar el certificado de antecedentes penales de la Argentina

• Certificado de carencia de antecedentes penales de la Argentina. Para tramitar este certificado podrá dirigirse a la delegación de la Policía Federal que corresponda a su domicilio o al Registro Nacional de Reincidencia.

• Declaración Jurada de carencia de antecedentes penales internacionales, y en la cual manifieste contar con medios de subsistencia suficientes.

• Comprobante de pago de la tasa, que se debe pagar en Migraciones o en el Banco Nación (con Boleta de depósito oficial) y cuyo monto es de $200.

De esta manera, Ud. obtendrá una residencia temporaria por 2 años, que le permitirá acceder a los mismos derechos civiles que tiene un ciudadano argentino.

Una vez que le entreguen su residencia deberá tramitar el Documento Nacional de Identidad (D.N.I), dentro de los 60 días siguientes de recibida.

2. Personas provenientes de los restantes países del mundo, no comprendidos en el criterio anterior

Para radicarse en el país se deben cumplir con los siguientes criterios:
1) Tener padre, madre, hijo o cónyuge que sean ciudadanos argentinos.

Documentación a presentar:

• DNI del ciudadano argentino.

• Partida de Nacimiento o de matrimonio: es necesario en todos los casos. Debe estar legalizada por las autoridades del registro civil del país de origen, Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen y por el Consulado Argentino en el país de origen.

• Certificado de Antecedentes Penales del país de procedencia: solamente debe ser presentado por los mayores de 16 años que hayan ingresado al país en los últimos cinco años. Debe estar legalizado por las autoridades del Registro civil del país de origen, Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen y por el Consulado Argentino del país de origen.

• Cédula / Pasaporte: es el documento personal para acreditar identidad y es necesario para todos los casos. La cédula sólo es aceptada para los ciudadanos de países limítrofes.

En aquellos casos en que no se posea cédula de identidad se puede gestionar ante el Consulado respectivo un certificado de nacionalidad. El mismo es aceptado por la Dirección Nacional de Migraciones para realizar el trámite migratorio.

• Ingreso al país: es importante. Si no tuviera el original puede realizarse el trámite en la Dirección Nacional de Migraciones. El mismo posee un costo de $25.

• Antecedentes Penales de la Argentina: Solo para mayores de 18 años. Dicho certificado tiene una validez de 6 meses. Debe tramitarse en Policía Federal Argentina, Departamento de Documentación Personal cito en la calle Azopardo 620. El costo es de $ 25,00

Los menores y quienes hayan ingresado antes de ese período están exentos.
2) Tener padre, madre, hijo o cónyuge radicado en forma temporaria o permanente.

En el caso del hijo, éste deberá ser soltero y menor de 21 años o discapacitado a cargo de sus padres.

Documentación a presentar:

- Partida de Nacimiento o de matrimonio: es necesario en todos los casos. Debe estar legalizada por las autoridades del registro civil del país de origen, Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen y por el Consulado Argentino en el país de origen.

• Certificado de Antecedentes Penales del país de procedencia: solamente debe ser presentado por los mayores de 16 años que hayan ingresado al país en los últimos cinco años. Debe estar legalizado por las autoridades del Registro civil del país de origen, Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen y por el Consulado Argentino del país de origen.

• Cédula / Pasaporte: es el documento personal para acreditar identidad y es necesario para todos los casos. La cédula sólo es aceptada para los ciudadanos de países limítrofes.

En aquellos casos en que no se posea cédula de identidad se puede gestionar ante el Consulado respectivo un certificado de nacionalidad. El mismo es aceptado por la Dirección Nacional de Migraciones para realizar el trámite migratorio.

• Ingreso al país: es importante. Si no tuviera el original puede realizarse el trámite en la Dirección Nacional de Migraciones. El mismo posee un costo de $25.

• Antecedentes Penales de la Argentina: Solo para mayores de 18 años. Dicho certificado tiene una validez de 6 meses. Debe tramitarse en Policía Federal Argentina, Departamento de Documentación Personal cito en la calle Azopardo 620. El costo es de $ 25,00

3) Religiosos pertenecientes a cultos oficialmente reconocidos.

Documentación a presentar:

• Certificación del superior o representante habilitado de la Iglesia, Orden, Congregación o Culto reconocido en el país, de la que surja que se trata de un ministro religioso, seminarista o personal religioso con dedicación exclusiva, intervenida por la Secretaría de Culto.

• Solicitud de admisión a efectos de realizar estudios religiosos o teológicos en el país, intervenida por la Secretaría de Culto.

• Partida de Nacimiento o de matrimonio: es necesario en todos los casos. Debe estar legalizada por las autoridades del registro civil del país de origen, Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen y por el Consulado Argentino en el país de origen.

• Certificado de Antecedentes Penales del país de procedencia: solamente debe ser presentado por los mayores de 16 años que hayan ingresado al país en los últimos cinco años. Debe estar legalizado por las autoridades del Registro civil del país de origen, Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen y por el Consulado Argentino del país de origen.
• Cédula / Pasaporte: es el documento personal para acreditar identidad y es necesario para todos los casos. La cédula sólo es aceptada para los ciudadanos de países limítrofes.

En aquellos casos en que no se posea cédula de identidad se puede gestionar ante el Consulado respectivo un certificado de nacionalidad. El mismo es aceptado por la Dirección Nacional de Migraciones para realizar el trámite migratorio.

• Ingreso al país: es importante. Si no tuviera el original puede realizarse el trámite en la Dirección Nacional de Migraciones. El mismo posee un costo de $25.

• Antecedentes Penales de la Argentina: Solo para mayores de 18 años. Dicho certificado tiene una validez de 6 meses. Debe tramitarse en Policía Federal Argentina, Departamento de Documentación Personal cito en la calle Azopardo 620. El costo es de $ 25,00

4) Estudiantes

Se encuentran excluidos los estudiantes primarios que cursen estudios en establecimiento de gestión pública o privada de reconocimiento oficial.

Documentación a presentar:

• Constancia de cupo o legal inscripción para cursar estudios formales de nivel secundario con todas sus modalidades, superiores no universitarios, universitarios o de post-grado, certificada por el Ministerio de Cultura y Educación.

• Programa de estudios a cursar, certificado por el Ministerio de Cultura y Educación.

• Partida de Nacimiento o de matrimonio: es necesario en todos los casos. Debe estar legalizada por las autoridades del registro civil del país de origen, Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen y por el Consulado Argentino en el país de origen.

• Certificado de Antecedentes Penales del país de procedencia: solamente debe ser presentado por los mayores de 16 años que hayan ingresado al país en los últimos cinco años. Debe estar legalizado por las autoridades del Registro civil del país de origen, Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen y por el Consulado Argentino del país de origen.

• Cédula / Pasaporte: es el documento personal para acreditar identidad y es necesario para todos los casos. La cédula sólo es aceptada para los ciudadanos de países limítrofes.

En aquellos casos en que no se posea cédula de identidad se puede gestionar ante el Consulado respectivo un certificado de nacionalidad. El mismo es aceptado por la Dirección Nacional de Migraciones para realizar el trámite migratorio.

• Ingreso al país: es importante. Si no tuviera el original puede realizarse el trámite en la Dirección Nacional de Migraciones. El mismo posee un costo de $25.

• Antecedentes Penales de la Argentina: Solo para mayores de 18 años. Dicho certificado tiene una validez de 6 meses. Debe tramitarse en Policía Federal Argentina, Departamento de Documentación Personal cito en la calle Azopardo 620. El costo es de $ 25,00

5) Ser trabajador contratado
Documentación a presentar:

• Contrato de trabajo suscripto por el empleador y por el extranjero cuyo trabajo se contrata con firma certificada por escribano público o agentes de la Dirección Nacional de Migraciones.

• Estatutos Sociales o contratos de constitución social debidamente inscriptos.

• Constancia de los aportes previsionales efectuados por el empleador por los últimos seis meses.

• Acreditación de inscripción en el Sistema Tributario y cumplimiento de las 3 últimas obligaciones vencidas.

• Formulario de la Dirección General Impositiva con nómina de empleados al inicio de la actividad de la empresa.

• Habilitación municipal, cuando corresponda.

• Partida de Nacimiento o de matrimonio: es necesario en todos los casos. Debe estar legalizada por las autoridades del registro civil del país de origen, Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen y por el Consulado Argentino en el país de origen.

• Certificado de Antecedentes Penales del país de procedencia: solamente debe ser presentado por los mayores de 16 años que hayan ingresado al país en los últimos cinco años. Debe estar legalizado por las autoridades del Registro civil del país de origen, Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen y por el Consulado Argentino del país de origen.
• Cédula / Pasaporte: es el documento personal para acreditar identidad y es necesario para todos los casos. La cédula sólo es aceptada para los ciudadanos de países limítrofes.

En aquellos casos en que no se posea cédula de identidad se puede gestionar ante el Consulado respectivo un certificado de nacionalidad. El mismo es aceptado por la Dirección Nacional de Migraciones para realizar el trámite migratorio.
• Ingreso al país: es importante. Si no tuviera el original puede realizarse el trámite en la Dirección Nacional de Migraciones. El mismo posee un costo de $25.

• Antecedentes Penales de la Argentina: Solo para mayores de 18 años. Dicho certificado tiene una validez de 6 meses. Debe tramitarse en Policía Federal Argentina, Departamento de Documentación Personal cito en la calle Azopardo 620. El costo es de $ 25,00
6) Artistas o Deportistas

Documentación a presentar:

• Carta de presentación, referencias o certificaciones emanadas de autoridades o particulares públicamente reconocidos.

• Contrato con las características expresadas en el punto

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