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viernes, 31 de julio de 2009

derechos de los contribuyentes‏

Derechos de los Contribuyentes

Dentro de lo que llamamos libertad ciudadana , podremos encontrar los derechos y obligaciones que tienen los contribuyentes.
Según la Administración Federal de Ingresos Públicos, "la actividad de la administración tributaria no se reduce a la mera obligación de aportar al Fisco y percibir los ingresos, sino a consolidar una actividad esencial del Estado al servicio del pleno desarrollo social y económico de la Nación".

Entre sus derechos, los contribuyentes tienen la posibilidad de reclamar e iniciar acciones legales. Pueden:

* Ejercer su defensa, ser oídos, ofrecer prueba y obtener resolución fundada.
* Negarse a realizar declaraciones en su contra.
* Solicitar por escrito la ampliación del plazo otorgado para cumplir un requerimiento.
* Presentar quejas por la omisión de trámites o retrasos en los procedimientos en los que sean interesados.
* Reclamar ante cualquier desatención o anomalía en el funcionamiento de los servicios de la AFIP
* Responsabilizar, cuando legalmente corresponda, a todo funcionario público a cargo, en forma mediata o directa, de acciones que los afecten.

Los ciudadanos cuentan con el Programa de Defensoría del Contribuyente y del Usuario Aduanero, encontrándose un defensor a su disposición en cada Aduana, Agencia y Distrito. También podrán ingresar su reclamo o sugerencia a través de la página web o comunicándose al 0810-999-2347 (AFIP) o *2347 desde un teléfono celular durante días hábiles en el horario de 08:00 a 20:00 horas.

Los contribuyentes pueden, respecto del procedimiento que deben realizar:

* Identificar y conocer con absoluta claridad y sin trabas a las autoridades y personal que tramita los procedimientos que los afectan.
* Constatar la identidad de los inspectores. Para ello puede utilizar el sistema de consulta por Internet, ingresando a nuestra página web ( www.afip.gov.ar ) y accediendo desde ella a las credenciales virtuales donde encontrarán los datos personales y fotografías de nuestros inspectores.
* Conocer ante una inspección, el número de la orden de intervención, los datos del contribuyente, del supervisor, y del inspector, el período e impuesto a fiscalizar.
* Solicitar que se deje constancia en acta de la documentación exhibida o entregada al funcionario, y de todas las manifestaciones verbales que realizan.
* Exigir que le soliciten por escrito toda la documentación o papeles de trabajo que se le requieran.
. Rehusarse a presentar los documentos que no resulten exigibles por la normativa aplicable, y a aportar la documentación ya presentada y que se encuentra en poder de esta Administración Federal.
* No permitir en un allanamiento, la revisión de lugares que no estén expresamente autorizados en la orden judicial, ni que se intervenga o retire documentación que no se encuentre relacionada con la causa.

En cuanto a los servicios prestados:

* Ser atendidos con celeridad y respeto.
* Recibir información y asesoramiento en forma clara, homogénea, veraz y completa sobre los trámites y requisitos que deben realizar para cumplir satisfactoriamente con sus obligaciones.
* Exigir que los servicios a recibir estén basados en la economía de trámites, imparcialidad, simplicidad, igualdad y transparencia.

Obligaciones de los contribuyentes

* Inscribirse en la Administración Federal de Ingresos Públicos en los impuestos, regímenes y/o categorías correspondientes a su desempeño económico.
* Emitir facturas y comprobantes por las ventas, prestaciones y locaciones de servicios.
* Registrar las transacciones en los libros que expresa la normativa vigente.
* Debe conservar toda documentación y los libros, por un término no menor a 10 años.
* Cumplir con requerimientos emanados de la AFIP observando las formas y respetando los plazos que se le establezcan.
* Presentarse ante las citaciones del Organismo y atender los procedimientos de acuerdo a las normas vigentes.

Cumplir con las reglamentaciones presentando:

* Las Declaraciones Juradas determinativas o informativas, en tiempo y forma.
* Los documentos aduaneros, de conformidad con las disposiciones aplicables.
* La documentación correspondiente para solicitar la devolución o el reintegro de tributos.
* Ingresar, salir o permanecer en el territorio aduanero por los lugares o rutas habilitados y en horarios establecidos.
* Abonar, en término, los impuestos por los que son responsables.
* Pagar los intereses y, en su caso, las multas, por el incumplimiento en las presentaciones de las declaraciones juradas o por los pagos no efectuados o realizado de manera tardía.


- Toda la información brindada en estas páginas ha sido suministrada por los respectivos organismos
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Organismo Nacional Responsable:
AFIP
Administración Federal de Ingresos Público

Administrador:
Lic. Claudio Moroni
Hipólito Yrigoyen 370
www.afip.gov.ar
Centro de Información Telefónica
0810-999-2347(AFIP)
ó *2347 desde su celular.
De lunes a viernes, de 08:00 a 20:00 horas


Atienden Información básica sobre:

• Consultas
Impositivas y Previsionales.

• Consultas sobre
Aplicativos

• Consultas Aduaneras.

• Reclamos y Sugerencias

Consultas sobre Personal de Servicio Doméstico:
0800-222-252626 (BLANCO)
lunes a viernes, de 08:00 a 20:00 hs.

Centro de Atención de Denuncias:
0800-999-2347 (AFIP) lunes a viernes de 10:00 a 18:00 hs.
Se reciben denuncias sobre irregularidades de índole:
• Impositivas.
• Previsionales.
• Aduaneras.
• Falsas Inspecciones
Información Provisional
011-4347/4408/4413/4419
de lunes a viernes de 10:00 hs a 18:00 hs.

Mesa de Ayuda sobre aplicaciones y sistemas: mayuda@afip.gov.ar
A fin de agilizar las respuestas, indicar en el "Asunto" de su correo electrónico si su consulta corresponde a "Normativa" o "Sistemas" y, luego, el tema a tratar, por ejemplo:
Normativa - (Ganancias)
Sistemas - (Instalación de aplicativos)
Aduana - (Reintegros)

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