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jueves, 20 de noviembre de 2008

efemérides‏

Declaración de los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de
las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1959


Artículo 1º.
El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta declaración.
Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni
distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma,
religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social,
posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de
su familia.

Artículo 2º.
El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y
servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que
pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma
saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al
promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá
será el interés superior del niño.

Artículo 3º.
El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.

Artículo 4º.
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho
a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán
proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso
atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de
alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.

Artículo 5º.
El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social
debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que
requiere su caso particular.

Artículo 6º.
El niño, para el pleno desarrollo de su personalidad, necesita amor y
comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la
responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de
seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá
separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades
públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin
familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el
mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios
estatales o de otra índole.

Artículo 7º.
El niño tiene derecho a recibir educación que será gratuita y obligatoria
por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que
favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de
oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido
de responsabilidad moral y social y llegar a ser un miembro útil de la
sociedad. El interés superior del niño debe ser el principio rector de
quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha
responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres. El niño debe
disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar
orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las
autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.

Artículo 8º.
El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que
reciban protección y socorro.

Artículo 9º.
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y
explotación. No será objeto de ningún tipo de trata. No deberá permitirse al
niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le
dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que
pueda perjudicar su salud o educación o impedir su desarrollo físico, mental
o moral.

Artículo 10º.
El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la
discriminación racial, religiosa, o de cualquiera otra índole. Debe ser
educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los
pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe
consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.

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Porque es frágil,
porque es tierno,

Porque dice lo que piensa y no lo medita demasiado,
porque siempre tiene "salidas graciosas" que asombran,

porque con una sonrisa puede conquistarlo todo,
porque conoce muchas cosas, aunque no lo parezca,

porque causa ternura y solo pide cariño,
Porque es capaz de soñar que "alcanza" aquello que tanto desea, sin tener
que "pasar sobre alguien",

Porque cree en las utopías
porque sueña que es posible un mundo mejor, (..y lo es!)

Porque es feliz cuando comparte tiempo con los que ama,
porque prefiere el diálogo antes que los gritos,

Porque piensa que cada día puede ser una aventura, a la que hay que lanzarse
con alegría renovada,
Porque no teme expresar lo que siente -incluido el miedo o la angustia-

Porque nunca se olvida de jugar.
Porque nunca se olvida de abrazar.

Por todo esto y por tantas otras cosas más, Cuidemos al niño que llevamos
dentro. . y construyamos un Futuro digno para Todos.

Es el deseo de la Biblioteca Popular y Centro Cultural El Talar para todos
los niños,.
y para aquellos que hace mas tiempo "somos niños".

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